El empleador deberá inscribir a su trabajador del hogar en el Registro de Empleadores/Trabajadores del Hogar y sus derechohabientes, en oficinas de la Sunat. De esta forma podrá realizar los aportes a EsSalud para que su trabajador acceda al servicio de salud. El aporte equivale al 9% de la remuneración mínima vital y está a cargo del empleador. También tiene la obligación de proporcionar alimentación y alojamiento al trabajador del hogar, los cuales no constituyen parte de su remuneración. El empleador debe solicitar a su trabajador/a del hogar la respectiva constancia de pago. |
miércoles, 9 de noviembre de 2016
¿CUALES SON LOS DEBERES DEL EMPLEADOR?
¿QUE TIENE QUE SABER EL EMPLEADOR?
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