google.com, pub-6702223027763344, DIRECT, f08c47fec0942fa0 EJECUTIVOS & PROFESIONALES: junio 2022

martes, 28 de junio de 2022

PEDRO CASTILLO ES EL PRESIDENTE DE PERU, NO QUEREMOS OTRO

   

 

 


NO ME HABLEN DE VACANCIAS---NO APOYO MAFIAS TELEVISIVAS-LOS DUEÑOS DE MEDIOS NO ME DIRAN POR QUIEN VOTAR YO VOTO POR PERU LIBRE Y PEDRO CASTILLO ---NO HAY MAS------POR UN PERU REVOLUCIONARIO---EN LA SENDA DE JOSE CARLOS MARIATEGUI--------PATRIA O MUERTE---VENCEREMOS.......

lunes, 27 de junio de 2022

REFORMA DE SUNEDU, ESTA DIRIGIDA A HIJOS DE GENTE ADINERADA, EXCLUYE AL PUEBLO.

 SUNEDU LE DICE A LOS 40,000 ESTUDIANTES AFECTADOS POR SUS REFORMAS--

Denegar el Licenciamiento a universidades sin fines de lucro, es la estrategia, para conseguirle clientes a las Superuniversidades, que lucran a manos llenas con la educacion peruana. 


1.- TRASLADATE A OTRA UNIVERSIDAD LICENCIADA-------------HAY ENORMES FACILIDADES-------------

MENTIRA...........ESO NO ES CIERTO------------------

LAS SUPER UNIVERSIDADES SON CASAS DE ESTUDIO DONDE SE TRABAJA CON FINES DE LUCRO----------

SE OFRECEN CARRERAS A PRECIOS INALCANZABLES PARA LA POBLACION POBRE DEL PERU.

     LOS POBRES DAN DE COMER A LOS RICOS EN PERU........ESA ES LA REFORMA UNIVERSITARIA......

LA REFORMAS DE SUNEDU---CONVIERTEN LA EDUCACION  UNIVERSITARIA---EN ALGO A LO QUE SOLO PUEDEN ACCEDER LAS GRANDES ELITES SOCIALES-----GENTE ADINERADA---------------PERO NO LA POBLACION POBRE DE PERU:    TAXISTAS-----MOTOCARRISTAS----MICROEMPRESARIOS-------------------COMERCIANTES---TRANSPORTISTAS-CAMPESINOS AGRICOLAS---



LA CLASE OBRERA , SUS HIJOS NO PUEDEN ACCEDER A LAS UNIVERSIDADES LICENCIADAS......POR SUNEDU..........PARA HIJOS DE MILLONARIOS Y YUPIS PERUANOS........

 

SUNEDU PRIVILEGIA a grupos de poder economico, intentando sacar del camino al grueso de la poblacion mas pobre del Peru, su reforma es para que la gente pobre no acceda jamas a una educacion universitaria.............y se conviertan en los sirvientes de los hijos de personas adineradas, que son los unicos que pueden pagar los costos de educacion de la Universidades Licenciadas-------------


 


domingo, 26 de junio de 2022

EL OJO DEL SAHARA--------------------------------ENIGMA-----------------

 

El Ojo del Sáhara: qué es este misterioso lugar que sólo pueden ver los astronautas

La Estructura de Richat, en el noroeste de África, es una formación geológica sobre cuyo origen hay varias teorías. Por qué algunos afirman que allí podría haber estado la mítica Atlántida

Los últimos estudios volcaron a los expertos a suponer que se trataría de una formación simétrica de un domo anticlinal, creada por efecto de la erosión a lo largo de millones de años
Los últimos estudios volcaron a los expertos a suponer que se trataría de una formación simétrica de un domo anticlinal, creada por efecto de la erosión a lo largo de millones de años

Este misterioso sitio se denomina estructura de Richat, aunque popularmente se lo conoce como Ojo del Sahara u Ojo de toro o de buey. Se halla cerca de la ciudad de Ouadane, en Mauritania, en el noroeste de África, pero, aunque es posible acercarse, únicamente puede apreciarse en su totalidad desde fuera de la Tierra, es decir, es un espectáculo completo únicamente para los astronautas.

Se trata de sólo uno de los muchos lugares misteriosos que alberga el desierto más extenso del mundo, con más de 9.400.000 km² de superficie. Los geólogos han calculado el diámetro de la estructura de Richat en 50 kilómetros, conformado por líneas que le dan forma de espiral. Justamente, como solo se aprecia esta estructura a mucha distancia, recién fue descubierta en 1965 por los astronautas de la NASA James McDivit y Edward White, que estaban realizando una misión espacial llamada Gemini 4. Tardó tanto tiempo en ser detectada porque se encuentra en una de las zonas más inhóspitas del planeta.

Foto tomada por el astronauta francés Thomas Pesquet. El ojo de Richat es la fotografía “cliché” que toman los astronautas en sus misiones espaciales, aseguró
Foto tomada por el astronauta francés Thomas Pesquet. El ojo de Richat es la fotografía “cliché” que toman los astronautas en sus misiones espaciales, aseguró

Sin saber aún de qué se trataba, se la mencionó en ese momento como “Ojo del Sahara” y luego se la bautizó como estructura Richat. El origen de esta formación aún no se ha podido establecer con exactitud. La primera hipótesis que formularon los especialistas es que podría tratarse del impacto de un meteorito, lo que explicaría su forma de círculo.

Pero esto fue descartado con investigaciones realizadas años después del descubrimiento de la estructura. Los últimos estudios volcaron a los expertos a suponer que se trataría de una formación simétrica de un domo anticlinal, creada por efecto de la erosión a lo largo de millones de años a través de la fundición de rocas moldeadas por el viento y el agua. Pero, en definitiva, hasta el momento, nadie ha podido ofrecer una explicación clara sobre su origen.

La estructura de Richat, aunque popularmente se lo conoce como ojo del Sahara u ojo de toro o de buey
La estructura de Richat, aunque popularmente se lo conoce como ojo del Sahara u ojo de toro o de buey

El Ojo del Sahara es único en el mundo por estar en medio del desierto más grande que tiene el planeta, sin nada alrededor. En el centro del ojo fueron halladas rocas de la era Proterozoica, que abarcó desde hace 2.500 millones de años hasta hace 542 millones de años. En el exterior de la estructura las rocas datan del período Ordovícico, que comenzó hace unos 485 millones de años y terminó hace unos 444 millones de años.

Los estratos más recientes, es decir del Ordovícico, se encuentran en el radio más alejado, mientras los más antiguos están localizados en el centro del domo. En toda la región existen diversos tipos de rocas como riolíticas volcánicas, ígneas, como el basalto, las carbonatitas y kimberlitas. Debajo de la estructura fue detectado petróleo y gas.

La estructura Richat se halla cerca de la ciudad de Ouadane, en Mauritania, en el noroeste de África. Es posible acercarse, pero no se puede ver completamente salvo desde el espacio
La estructura Richat se halla cerca de la ciudad de Ouadane, en Mauritania, en el noroeste de África. Es posible acercarse, pero no se puede ver completamente salvo desde el espacio

Todos estos compuestos y los diferentes efectos de la luz con el cambio de las estaciones, han dado fotografías de una gran belleza, con colores variados, siempre captadas desde el espacio.

La escasa seguridad que existe en torno de su origen ha dado lugar a numerosas teorías, como por ejemplo que serían los rastros de la Atlántida, la isla mítica descrita por Platón, que supuestamente existió hace unos 12 mil años y constituyó una potencia militar en esa época.

Los distintos compuestos y los diferentes efectos de la luz con el cambio de las estaciones, han dado fotografías de una gran belleza, con colores diferentes, captadas desde el espacio
Los distintos compuestos y los diferentes efectos de la luz con el cambio de las estaciones, han dado fotografías de una gran belleza, con colores diferentes, captadas desde el espacio

Según quienes consideran viable esta teoría, la Estructura Richat encaja a la perfección en la descripción de Platón. El filósofo aseguraba que la Atlántida se trataba de una isla situada más allá de las Columnas de Hércules, que tenía forma circular y que estaba dividida en varios círculos concéntricos. Los griegos llamaban Columnas de Hércules a las elevaciones del terreno que flanqueaban el estrecho de Gibraltar y que marcó los límites del mundo conocido para los griegos hasta el siglo VII antes de Cristo.

De acuerdo con la descripción del filósofo griego, por esos círculos concéntricos circulaban diversas granjas de agua. Más allá de que el lugar no coincide, ya que la formación se encuentra a unos 3.000 kilómetros de las Columnas de Hércules, es dudoso que haya existido la Atlántida y también sigue siendo poco seguro el origen del Ojo del Sahara.

Sahara desert, Mauritania : Aerial view of the Richat Structure, also called Guelb er Richât, the "Eye of Africa" or "Eye of the Sahara" is a deeply eroded, slightly elliptical geologic dome with a diameter of 40 kilometres (25 mi) in the Sahara's Adrar Plateau, near Ouadane, west central Mauritania.
Sahara desert, Mauritania : Aerial view of the Richat Structure, also called Guelb er Richât, the "Eye of Africa" or "Eye of the Sahara" is a deeply eroded, slightly elliptical geologic dome with a diameter of 40 kilometres (25 mi) in the Sahara's Adrar Plateau, near Ouadane, west central Mauritania.

El francés Thomas Pesquet, astronauta de la Agencia Espacial Europea (ESA), que formó parte de dos misiones fuera de la Tierra, dijo en un posteo en su perfil de Instagram, en el que publicó su propia foto, que el Ojo de Richat, también conocido como Ojo del Sahara de Guelb er Richat es la fotografía “cliché” que toman los astronautas en sus misiones espaciales. “Es fácil de detectar, ya que tiene 50 km de ancho y es muy llamativo. Además, rara vez hay nubes en esta área, lo que significa que siempre está disponible para una sesión de fotos”. Las fotos que mostró fueron sacadas desde una distancia de aproximadamente 400 kilómetros del planeta, desde la Estación Espacial Internacional.

En la publicación, el astronauta destacó la extraordinaria similitud de la formación situada en el Sahara con la superficie de Marte, ya que tiene un color entre rojizo y anaranjado y una profunda hendidura en el centro.

MARCO ESTADA GONZALEZ----------DEPORTADO A PERU

 

Marco Estrada González, el narco que fue deportado a Perú tras 20 años de liderar redes de narcotráfico en Buenos Aires

En un gran despliegue de la Policía Federal de Argentina se deportó a Lima al temible narcotraficante peruano identificado como Marco Estrada González, alias “Marcos”. Se desconoce su paradero actual por los posibles atentados que hubiera generado su traslado.

Narcotraficante salió del Perú hace más de 20 años y se dedicó a liderar redes de venta y comercialización de drogas en barrios de Argentina.

Reducido entre esposas, cabizbajo y bajo una rígida vigilancia policial, fue deportado a Perú, Marco Estrada González un temible narcotraficante que lideró por más de 20 años las principales redes dedicadas a la venta y comercialización de estupefacientes en Buenos Aires, Argentina.

Alias “Marcos”, quien también estuvo involucrado en nexos con el grupo terrorista Sendero Luminoso, llegó a tierras nacionales hace unos días bajo estricto resguardo policial y, sobre todo, en orden secreto por los posibles atentados que hubiera generado su traslado.

El peruano llevaba viviendo más de dos décadas en tierras argentinas y para su regreso, se activó 8 móviles con agentes federales (entre los que se hallaban detectives de la División Asuntos Migratorios e integrantes del grupo especial GEOF), el cual llegaron hasta el Complejo Penitenciario Federal 2 de Marcos Paz, donde se encontraba Estrada González para ser conducido hasta el Aeropuerto de Ezeiza.

Su deportación había sido dispuesta para mayo, sin embargo, la fecha exacta en que sería realizada fue mantenida en secreto, puesto que “Marcos’ cosecha grandes amigos y enemigos por igual”; evaluándose de este modo la hipótesis de riesgo que abarcaban, desde intentos de fuga hasta atentados en su contra.

Es por eso que a último minuto se dispuso que un helicóptero aterrizara en dicho penal para que sea llevado hasta el aeropuerto y así evitar algún tipo de atentado.

“Creemos que es la única forma que deje de manejar todo desde la cárcel. No puede volver a la Argentina de por vida y si lo hace dentro de los próximos 12 años, a través de algún paso irregular y es descubierto, tiene que cumplir toda la condena”, dijo a Télam una fuente judicial.

Para los investigadores judiciales y policiales, “Marcos” aún seguía manejando desde su celda de la cárcel el negocio de la venta de estupefacientes, los aprietes a comerciantes, las amenazas a vecinos y la violencia en la villa 1-11-14.

ANTECEDENTES

Marco Estrada González ya era investigado por la policía argentina desde los fines de 1990. En 2004 se le dicta su primera condena de 4 años y dos meses de prisión, pero el líder de redes del narcotráfico no iba a quedarse tranquilo, buscaría todas las formas para salir de este encierro y regresar a lo que era suyo: la comercialización de estupefacientes.

Los dos procesos más grandes en su contra por narcotráfico fue el pedido de captura internacional y detención en Asunción, Paraguay, en 2007, el cual se cerró con dos juicios abreviados, de 6 años de prisión cada uno. El primero fue en el 2012 y otro en 2013; y que concluyeron con una pena única de 10 años de prisión.

Según Clarín, en Lima vive el hermano de “Marcos”, Fernando (alias “Pity”), con quien compartió siempre la cúpula de la organización narcotraficante y que está prófugo de la justicia argentina desde hace una década.

Estrada González lideraba las más poderosas redes de narcotráfico de la Villa 1-11-14. El Ministerio de Seguridad de Argentina reforzará operativos en el Bajo Flores ante el riesgo de una guerra de traficantes, ya que al estar “fuera de juego”, “Marcos” deja el trono libre.

CONGRESISTA SE REUNIA CON JUAN SILVA--¿QUE TIENE ESO DE MALO?

 

Juan Silva: congresista Salhuana se reunió varias veces en el MTC con prófugo exministro, según Correo

Vocero de la bancada de Alianza Para el Progreso (APP) llegó hasta en cuatro oportunidades al MTC. El asunto de las visitas quedó registrada como “Reunión de trabajo”.




Según el registro de visitas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC),  cuando el prófugo Juan Silva era titular de dicha cartera recibió al menos cuatro visitas del congresista  Eduardo Salhuana, actual vocero de la bancada de Alianza Para el Progreso (APP). El asunto de la visita quedó registrada como “Reunión de trabajo”.

Las citas  se iniciaron el 6 de agosto del año pasado. En esa fecha, el legislador asistió a las 3 de la tarde a la sede del MTC. Casi a la misma hora también ingresó Sabina Pimentel, investigada por el delito de tráfico de terrenos. Salhuana y Pimentel salieron a medianoche del despacho, al menos así se registra en el portal institucional.

 

Con el ministro y jefa de asesores

 

El viernes 13 de ese mismo mes, el legislador de APP también asistió a la oficina de Silva Villegas. Esa vez se entrevistó con Rossmary Malpartida, entonces jefa del gabinete de asesores del despacho ministerial del MTC. En aquella cita ingresó a las 3:33 de la tarde y salió una hora después.

El 23 de agosto pasó lo mismo, Salhuana  acudió al despacho de Juan Silva desde las 11 de la mañana hasta la 1 de la tarde.  El 14 de diciembre,  volvió a visitar al entonces titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). En aquella ocasión ingresó a las 11 de la mañana y salió al mediodía.

 

Derecho a réplica

 

La nota del diario Correo  señala que intentaron  con el congresista Eduardo Salhuana Cavides para el derecho a réplica sobre el reportaje, pero no contestó a las  llamadas. Le dejaron  mensaje.

 

 

JUAN SILVA PONE CONDICIONES PARA ENTREGARSE

 

Abogado de Juan Silva asegura que tiene pruebas que involucran a otros funcionarios del Gobierno

La defensa del prófugo Juan Silva, aseguró que no brindarán las pruebas hasta que no varíe la situación legal del extitular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

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El prófugo exministro de Transportes y Comunicaciones Juan Silva pretende que se revoque la orden de detención en su contra sin someterse a ningún proceso de colaboración eficaz.

Según su abogado Alfredo Yalán, el exministro quien fue muy cercano al presidente Pedro Castillo, tiene pruebas que involucrarían a otros funcionarios del gobierno con el caso Provías y los presuntos actos de corrupción en la licitación del puente Tarata.

Sin embargo, el abogado indicó que no presentarán las pruebas mientras no se varíe la situación legal de Juan Silva Villegas.

En declaraciones a un medio local, la defensa del exministro de Transportes y Comunicaciones no reveló qué tipo de pruebas tiene su cliente y aseguró que silva no ha cometido delitos.

 

PEDIDO PARA REVOCAR ORDEN DE DETENCIÓN DE JUAN SILVA

Para el abogado penalista Luis Lamas Puccio, el pedido de la defensa del exministro para revocar la orden de detención es inviable.

Lamas Puccio indicó que los indicios que tiene la Fiscalía son contundentes y relacionan directamente al exministro Silva con presuntos actos delictivos.

El abogado Alfredo Yalán no aceptó la autenticidad de los audios en los que estaría involucrado el ex ministro silva y señaló que éstos deberán ser sometidos a un peritaje.

jueves, 16 de junio de 2022

DEMANDA DE DIVORCIO POR ADULTERIO--

 

Modelo de demanda de divorcio por Adulterio

Modelo de demanda de divorcio por Infidelidad

SEC:
EXP:
ESC: Nº
PRINCIPAL
DEMANDA DE DIVORCIO POR ADULTERIO

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN FAMILIA DEL CALLAO

CONSUELO AGUIRRE VELA, identificado con DNI N° 123809072, señalando domicilio real EN XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX- Callao, con domicilio procesal sito en la Casilla Nº 793 de la Central de Notificaciones del Poder Judicial del Callao, a Ud.respetuosamente digo:

I.- PETITORIO:

Que, interpongo demanda de DIVORCIO POR CAUSAL DE ADULTERIO, contra mi cónyuge FELIPE RONCEROS CUTIPA, cuyo último domicilio real conocido se encuentra sito en XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, SOLICITANDO se declare disuelto el vínculo matrimonial que nos une y así mismo, SOLICITO COMO PRETENSION ACCESORIA de conformidad con el Art. 483 del C.P.C lo siguiente:

a)    Se proceda a la liquidación de la sociedad de gananciales, para lo cual cumplo con informar al juzgado que durante nuestro matrimonio no hemos adquirido bien alguno.
b)    Al existir un proceso en trámite respecto de alimentos a favor de la recurrente en contra del demandado ante el 6º Juzgado de Paz Letrado del Callao bajo el expediente 3260-2006, no es procedente se resuelva en torno a la pensión alimenticia en el presente proceso.
c)    Al no existir hijos dentro del matrimonio, no es conveniente resolver en torno de la tenencia, patria potestad ni alimentos a favor de los hijos.
d)    Se establezca un pago indemnizatorio a favor de la recurrente por la suma de S./ 50,000 (CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES) a fin de reparar el daño moral ocasionado por el demandado.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO DEL PETITORIO:

a) Respecto a la Pretensión Principal: Divorcio por Adulterio.

1..- Que, con el demandado contraje matrimonio civil con fecha 29 de Octubre de 1999, ante la Municipalidad del Callao conforme lo acredito mediante copia certificada de la partida de matrimonio adjuntada como anexo 1-A.

2.- En efecto Señor Juez, a los cinco años de casados y por el hecho de mantener mi cónyuge una vida alegre y desordenada, no cumpliendo con sus deberes de esposo, actuando como si aún estuviera soltero, decidí separarme de él, con fecha 03 de Abril de 2006, tal cual cumplo con acreditarlo mediante la copia certificada de la constancia policial del retiro voluntario del hogar que efectuara ante la comisaría del Callao, la cual adjunto como anexo 1-B de la presente

3.- Que, es conveniente precisar que durante la convivencia mantenida con el emplazado, no hemos procreado hijo alguno, estableciendo como último domicilio conyugal el sito en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

4.- Que, es de verse Señor Juez, que recientemente he tomado conocimiento que el demandado ha tenido relaciones adulterina con doña SUSANA PEREZ TELLO, y como producto de las mismas ha procreado a la menor JUDITH RONCEROS PEREZ, conforme lo acredito con la copia certificada de la Partida de Nacimiento de la menor que cumplo con adjuntar como anexo 1-C.

5.- Que, dicho hecho generado por el actuar adultero del demandado, ha provocado que la relación matrimonial entre la recurrente y demandado se torne en insostenible e imposible de reanudarse, por lo que al haberse quebrado el deber de fidelidad por causa imputable al emplazado, SOLICITO SE DECLARE DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL.

b) Respecto de la Pretensión Accesoria: Liquidación de la Sociedad de Gananciales

6.- Es necesario informar  a su Despacho, que durante el matrimonio no se ha adquirido bien alguno, por lo que no es necesario presentar inventario de bienes para liquidar la sociedad de gananciales; por lo que solicito se sirva liquidar la sociedad de gananciales existente como producto del vínculo matrimonial habido entre la recurrente y el demandado.

c) Respecto de la Pretensión Accesoria: Alimentos a favor de la recurrente

7.- Por la presente, pongo en conocimiento del juzgado que actualmente se encuentra en trámite un proceso de alimentos iniciado por la recurrente en contra del demandado, el cual se lleva a cabo ante el 16º Juzgado de Paz Letrado del Callao bajo el Número de Expediente 360-2006, conforme lo acreditamos mediante copia simple del reporte del citado expediente, otorgado por la mesa de partes del juzgado de paz letrado y que cumplimos con adjuntar como anexo 1-D de la presente.

8.- Que, como producto de ello, no es procedente que en el presente proceso se pronuncien en torno a los alimentos a favor de la recurrente, que están siendo exigidos en otro proceso
c) Respecto de la Pretensión Accesoria: Tenencia, Patria Potestad y Alimentos a favor de los hijos

9.- Que, respecto a la Tenencia, Patria Potestad y Alimentos a favor de los hijos, es conveniente precisar que no procede pronunciarse sobre dichos aspectos toda vez que no existen hijos dentro del matrimonio.

d) Respecto de la Pretensión Accesorio: Indemnización a favor de la recurrente por un monto de S./ 50,000 (CINCUENTA MIL SOLES)

10.- Que, es necesario indicar que el demandado con su actuar adúltero, el cual queda claramente demostrado con la partida de nacimiento de la menor JUDITH RONCEROS PEREZ que se adjunta a la presente como anexo 1-C, ha violentado notablemente los deberes que surgen entre los cónyuges como producto del matrimonio como lo son la fidelidad y la asistencia reconocidos por el       Art. 288 de nuestro Código Civil.

11.- Que, dicho actuar del demandado, ha provocado un daño irreparable en mi persona, toda vez que al cometer este acto doloso, ha violentado un deber derivado del matrimonio que esperaba sea cumplido por el demandado, ocasionado graves daños que de conformidad con lo establecido por el Art. 1969 del C.C. deben ser reparados.

12.- Así mismo debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el Art. 1984 del C.C., el cual claramente indica que, el daño moral producido como producto del actuar del demandado, debe ser indemnizado teniendo cuenta el menoscabo producido por el actuar dañoso del demandado, daño que se probado se ha producido en el presente caso.

13.- Que, siendo ello así y no encontrándose el demandado en ninguno de los casos que eximen la responsabilidad extracontractual reconocidos por el Art. 1971 del C.C., y teniéndose en cuenta que se ha vulnerado uno de los principales deberes del matrimonio como es el de la fidelidad entre los cónyuges, en base a los fundamentos indicados SOLICITO se sirva DISPONER EL PAGO DE UNA INDEMNIZACION POR EL DAÑO MORAL OCASIONADO HASTA POR LA SUMA DE S./ 50,000 (CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES).

III.- FUNDAMENTACION JURIDICA DEL PETITORIO

Fundo mi demanda en lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 333 del Código Civil, que establece el adulterio es causal de divorcio; artículo 348 del mismo cuerpo de leyes que establece que por el divorcio se disuelve el vínculo matrimonial, artículo 483° del CPC que establece que en los procesos de divorcio debe demandarse acumulativamente lo concerniente a los derechos u obligaciones de los cónyuges.

IV.- VIA PROCEDIMENTAL:

La presente demanda se tramitará por la vía de Proceso de Conocimiento de conformidad con lo dispuesto por el Art. 480 del CPC.

V.- JUEZ COMPETENTE:

A efectos de establecer la competencia de vuestro Despacho y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 24° del CPC, indico que nuestro último domicilio conyugal fue el inmueble ubicado en Alameda de los Misioneros Nº 663 Dpto 503 Ciudad Satélite Santa Rosa.

VI. MEDIOS PROBATORIOS:

Ofrezco los siguientes medios de prueba.
5.    El mérito de la Partida de Matrimonio civil  contraído con el demandado ante la Municipalidad del Callao, a fin de acreditar la existencia del vínculo matrimonial.
6.    El mérito de la Copia Certificada de la Constancia Policial de retiro voluntario del hogar por parte de la recurrente.
7.    El mérito de la Partida de Nacimiento de la hija adulterina.

VII.- ANEXOS DE LA DEMANDA:

Se acompaña como anexo lo siguiente:
1-A. Copia certificada de la partida de matrimonio de la recurrente.
1-B. Copia Certificada de la Constancia Policial de retiro voluntario del hogar por parte de la recurrente.
1-C. Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la menor adulterina.
1-D. Copia simple del DNI del recurrente.
1-E.. Original de recibo de tasa judicial arancelaria por ofrecimiento de pruebas.

POR LO EXPUESTO:

A Usted, Señor Juez, sírvase emitir a trámite la presente demanda, tener por ofrecidos los medios probatorios, corriéndose traslado a la emplazada con la finalidad que comparezca en el proceso, y en su oportunidad declarar fundada la demanda, con costas y costos.
Lima, 26 de Marzo de 2008.