SEGUN SE VERIFICA EN LOS ARCHIVOS INDECOPI---DE LAS EMPRESAS E INSTITUCIONES SANCIONADAS, LA UNIVERSIDAD BAMBA---JOSE CARLOS MARIATEGUI, FUE MULTADA PORQUE USA PRACTICAS DESHONESTAS---EN AGRAVIO DE SUS USUARIOS.
MAFIOSOS.......
ANALICEMOS QUE SON METODOS COMERCIALES COERCITIVOS.
Liliana Cerrón, secretaria técnica de la Sala de Defensa de la Competencia 02 de ese organismo, explicó que el Código defiende a los consumidores de los métodos coercitivos, agresivos y engañosos que buscan condicionar la venta de un producto o servicio.
Asimismo, los defiende de los métodos abusivos de cobranza de deuda y de otras figuras como cambiar la información que se dio antes de firmar el contrato o hacer llamadas entre las 20.00 y 19.00 horas para hacer los cobros.
“Son formas comerciales abusivas, que están prohibidas por el nuevo Código de Protección y Defensa del Consumidor. Los proveedores no deben crear la impresión de que se ha ganado un premio para intentar vender un bien”, detalló la especialista.
Tampoco pueden los proveedores exigir documentación innecesaria para la prestación de un servicio. Todas esas prácticas han quedado prohibidas desde el 02 de octubre, fecha en que entró en vigencia el Código, apuntó Cerrón.
La especialista participó en el segundo día del curso taller “Código de Protección y Defensa del Consumidor”, dirigido a profesionales y especialistas interesados en su aplicación.
Entre junio de 2020 y marzo de este año, 25 de las 48 universidades que no lograron el licenciamiento de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu) recibieron amonestaciones y multas firmes del Indecopi por más de S/5’180.000. Además, universidades privadas y públicas acumularon más de S/7'620.000 en sanciones. En conjunto, estas fueron multadas por más de S/ 12'800.000. En su mayoría, las infracciones más elevadas estuvieron vinculadas a cobros indebidos y prácticas intimidatorias para condicionar el servicio educativo.
E n Perú, el servicio educativo presencial fue una de las primeras
actividades afectadas por el inicio de la pandemia de covid-19, en marzo
de 2020. Sin embargo, el cambio hacia la enseñanza virtual no fue
acompañado por una reducción en los cobros de pensiones y de trámites de
parte de las universidades. En este contexto, 65 casas de estudios
recibieron amonestaciones y sanciones del Instituto Nacional de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
(Indecopi) por realizar cobros indebidos a sus estudiantes y condicionar
el trámite de documentos internos al pago de mensualidades de
enseñanza, entre otras infracciones.
Dentro de ellas, sobresalen los casos de las universidades con
licenciamiento denegado por la Superintendencia Nacional de Educación
Universitaria (Sunedu). Desde junio de 2020 hasta marzo de 2022, el
Indecopi multó en última instancia por más de S/5'180.000 a 25 de las 48
casas de estudios que no garantizaron ante la Sunedu condiciones
básicas de calidad en el servicio que prestaban. Sin embargo, en los
últimos meses diferentes iniciativas legislativas han buscado debilitar
las funciones de este organismo.
El Pleno del Congreso tiene pendiente de segunda votación
un dictamen que reduce la autonomía de la Sunedu, al cambiar la
composición de su consejo directivo y sumar a representantes de las
universidades sin concurso público previo. También tiene otra iniciativa
en agenda, cuya aprobación le daría una oportunidad para volver a
operar a universidades que se encuentran próximas al cierre de sus
actividades, por no acreditar condiciones básicas de calidad educativa.
65 universidades recibieron amonestaciones y sanciones del Indecopi desde junio de 2020 hasta marzo de 2022".
Asimismo, la Sunedu aprobó, el 12 de abril pasado,
una resolución para aumentar el plazo de cese de actividades en
universidades con licencia denegada. Esta medida, diseñada para que los
estudiantes culminen su formación en sus universidades de origen, brinda
como máximo un año adicional para las instituciones que no accedieron a
este beneficio aprobado como consecuencia de la pandemia.
Frente a este escenario, OjoPúblico analizó las
resoluciones firmes de Indecopi —en última instancia desde el inicio de
la pandemia hasta marzo de este año— donde se encuentran las
amonestaciones y multas contra 65 universidades privadas y públicas de
16 regiones del país, que en conjunto acumularon más de S/12’800.000 en
infracciones contra los derechos de sus estudiantes. ¿Cuáles fueron las
más sancionadas y bajo qué conceptos?
Licenciamiento denegado e infractoras
La Universidad Inca Garcilaso de la Vega, con sede principal en Lima,
es la primera en la lista de las más sancionadas por Indecopi, entre
las 25 instituciones que no lograron aprobar su licenciamiento ante la
Sunedu. Esta institución, en proceso de liquidación a cargo de Gestión
Económica S.A.C., acumula 18 multas en última instancia entre julio del
2020 y febrero de este año por más de S/1'540.000. De este total, según
información enviada por Indecopi, a la fecha, la universidad solo pagó
S/4.400, es decir, menos del 0,3% del total.
Un proceso sancionador, resuelto en octubre de 2021, representa el 88%
de todas las multas contra esta casa de estudios. En este expediente, el
Indecopi determinó que la universidad tuvo tres infracciones: exigió a
sus estudiantes —pese a que la ley lo prohíbe— estar al día en sus pagos
académicos para realizar cualquier trámite interno, obligó la
contratación de un “seguro universitario” (S/35.00) y “examen médico”
(S/25.00) para brindar el servicio educativo, y exigió que los alumnos
presenten “documentación innecesaria” para realizar trámites
administrativos.
MAFIOSOS...¿SEGUNDA OPORTUNIDAD?
Universidades sin licenciamiento y sancionadas
Entre junio del 2020 y marzo del 2022, Indecopi ha multado a 25 de las 48 universidades que no obtuvieron el licenciamiento y se encuentran en proceso de cierre.
Según el Indecopi, la multa le fue impuesta la UJCM por “emitir grados académicos sin valor oficial y por suspender la devolución de dinero a estudiantes procedentes de la Universidad de Iquitos, a quienes admitió sin que dicha institución estuviera reconocida por la Asamblea Nacional de Rectores”.
La multa por los dos casos que asciende a 55 (UIT), unidades impositivas tributarias, equivalentes a 209,000 nuevos soles, fue confirmada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.
Agregó que además de la sanción económica, Indecopi ordenó como medida correctiva la devolución del dinero a todos los alumnos afectados, suma que ascendería a 160,000 nuevos soles. Esta medida tendrá que publicarse en un medio de comunicación escrito de alcance nacional.
El organismo recordó que el caso de los estudiantes de la Universidad de Iquitos se produjo luego de que la UJCM admitiera a más de 320 jóvenes. Sin embargo, al percatarse que los documentos de la universidad de origen no tenían valor, declaró nulas las resoluciones de convalidación de estudios, disponiendo la devolución de los montos pagados por los alumnos, hecho que no se cumplió.
Precisamente a ellos la universidad les otorgó títulos de bachiller, considerados ilegales por la Asamblea Nacional de Rectores.
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