google.com, pub-6702223027763344, DIRECT, f08c47fec0942fa0 EJECUTIVOS & PROFESIONALES: CENTROS DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

miércoles, 21 de diciembre de 2016

CENTROS DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL





MATERIAS DE FAMILIA


  • Pensión de alimentos. 
  • Aumento de pensión de alimentos.
  • Reducción de alimentos.
  • Prorrateo de alimentos.
  • Tenencia y custodia.
  • Regimen de visitas.
  • Otras pretensiones de libre disponibilidad.

MATERIAS CIVILES

  • Pago de deudas, Desalojo.
  • Pago de alquileres.
  • Indemnización de daños y perjuicios.
  • Otorgamiento de Escritura Publica.
  • Convocatoria a Junta o Asamblea.
  • División y partición de bienes.
  • Ofrecimiento de Pago.
  • Interdictos, Obligación de hacer, de no hacer.
  • Resolución de contrato.
  • Rectificación de áreas.
  • Cobro de mejoras y otros derechos disponibles.

CONTRACTUALES

Las materias contractuales conciliables en las contrataciones del Estado respecto a los conflictos que surjan entre el Estado y los Proveedores de bienes y servicios, pudiendo citar como ejemplo las siguientes materias:

  • Las relativas a la liquidación del contrato de consultoría y ejecución de obra.
  • Las referidas a la resolución contractual.
  • Las solicitudes de ampliación o reducción de plazo.
  • Las relacionadas con la recepción de bienes, servicios u obras; y/o conformidad de la prestación.
  • Las que versen sobre defectos o vicios ocultos.
  • Las relacionadas con el pago que la Entidad debe efectuar al contratista.

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