google.com, pub-6702223027763344, DIRECT, f08c47fec0942fa0 EJECUTIVOS & PROFESIONALES: APOSTILLA DE LA HAYA

martes, 10 de julio de 2012

APOSTILLA DE LA HAYA



                           


En qué consiste La “Apostilla de La Haya” es un sistema simplificado de Legalización de documentos públicos que permite dar validez a aquellos documentos que hayan sido extendidos en el territorio de un Estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro Estado contratante. “Convención adoptada en la Haya el 5/10/1961 por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado”. De acuerdo con la presente Convención serán considerados documentos públicos: a) Los documentos emitidos por una autoridad o un funcionario perteneciente a un tribunal del Estado, inclusive los extendidos por un fiscal de justicia, un secretario o un oficial de justicia; b) Los documentos administrativos; c) Las actas notariales; d) Las certificaciones oficiales en documentos firmados por personas privadas, tal como la certificación del registro de un documento o de una fecha determinada y la autenticación de firmas en documentos de carácter privado. No obstante la presente Convención no se aplicará: a) A los documentos extendidos por funcionarios diplomáticos o consulares. b) A los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera. Nota: Puede consultar los países signatarios a la Convención de La Haya. Subir .Cómo se hace 1.- Presentar la documentación a apostillar en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, sito en Arenales 819, PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Lunes a Viernes de 8:30 a 13:30 hs. 2.- Allí se analizará la documentación correspondiente y se le entregará un talón con el cual podrá efectuar el pago en el Banco Nación del 1° Subsuelo del Ministerio. 3.- Presentar por ventanilla, 1° Subsuelo del Ministerio, la documentación junto con el talón de pago emitido por el Banco, y luego retirar por mostrador, del mismo piso, la documentación Apostillada. NOTA: - Cuando el documento ha sido expedido por autoridad provincial o municipal, deberá previamente legalizarse en el Ministerio del Interior. - Se puede realizar en el Colegio de Escribanos más próximo a su domicilio, se sugiere consultar allí los horarios y días de atención. .

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